Defensa tributaria

Defensa y presentación de recursos ante el SII

Cuando el Servicio de Impuestos Internos (SII) emite una citación, una liquidación, un giro o una resolución que no compartes por considerarla injustificada, tienes derecho a recurrir a instancias administrativas para solicitar su revisión. RAV, RAF y RR son la primera oportunidad de defensa del contribuyente: permiten corregir errores, detener procesos de cobro y cuidar tu historial tributario sin llegar de inmediato a Tribunales.

Arts. 124–132 Código Tributario
🛡Derecho a defensa (Art. 19 N°3)
Plazos estrictos
📌Suspensión de cobro (según caso)

En Asesor Mi Pyme prestamos un servicio completo de redacción, presentación y seguimiento de recursos administrativos, con un enfoque práctico y orientado a resultados.

¿Qué son los recursos administrativos tributarios?

📘

Revisión administrativa ante el propio SII

Procedimientos del Código Tributario que permiten solicitar al SII revisar actos administrativos que pueden contener errores o interpretaciones indebidas.

  • 📌
    Normativa aplicable: artículos 124 a 132 del Código Tributario.
  • 🛡️
    Garantía constitucional: derecho a defensa y debido proceso (Art. 19 N°3, Constitución).
  • 🏛️
    Carácter administrativo: instancias previas a la vía judicial.
  • ⏸️
    Suspensión: en ciertos casos, la sola presentación puede suspender la ejecución del acto (evita embargos o cobros).

¿Cuándo conviene interponer un recurso?

Siempre que el SII emita actos que impliquen perjuicios directos, por ejemplo citaciones por diferencias, liquidaciones con multas e intereses, giros exigibles o resoluciones que rechazan devoluciones/beneficios.

  • 📩
    Citaciones por diferencias detectadas en IVA, renta o documentación tributaria.
  • 🧾
    Liquidaciones que generan nuevas deudas con multas e intereses.
  • 💸
    Giros de impuestos con exigibilidad inmediata.
  • 🚫
    Resoluciones que rechazan devoluciones, beneficios o solicitudes.

Importante: si no actúas dentro de plazo, el acto queda firme y Tesorería puede ejecutar cobros con embargos sobre bienes o cuentas bancarias.

Principales recursos disponibles

RAV

Reposición Administrativa Voluntaria

Recurso ante la misma unidad del SII que dictó el acto.

  • Plazo: 30 días hábiles.
  • Efecto usual: suspende la ejecución mientras se resuelve.
RAF

Revisión de la Actuación Fiscalizadora

Recurso jerárquico ante el Director Regional del SII.

  • 📌
    Útil, por ejemplo, en rechazos de devolución o cambios de régimen.
  • Plazo de resolución: 60 días hábiles.
RR

Recurso de Resguardo

Protege derechos fundamentales ante actos arbitrarios o ilegales.

  • Plazo: 15 días hábiles.
  • Efecto inmediato: suspensión provisional del acto.

Nuestro servicio

  1. Análisis inicial del acto emitido por el SII.
  2. Revisión y preparación de antecedentes (balances, contratos, informes, etc.).
  3. Redacción técnica y fundamentación legal del recurso.
  4. Presentación formal en plazo vía portal SII o medios habilitados.
  5. Seguimiento activo hasta la resolución definitiva.
  6. Plan de acción posterior si corresponde acudir a tribunales.

Errores frecuentes sin asesoría profesional

  • ⚠️
    Presentar fuera de plazo o por un canal incorrecto.
  • ⚠️
    Adjuntar documentos sin orden ni estructura.
  • ⚠️
    No fundamentar con normas o jurisprudencia.
  • ⚠️
    Omitir la solicitud de suspensión de cobro.
  • ⚠️
    Saltarse recursos previos obligatorios antes de la instancia judicial.

Por qué trabajar con nosotros: transformamos un trámite complejo en una estrategia de defensa efectiva. Nuestro compromiso es proteger tus derechos frente al SII con rigor técnico, experiencia y un enfoque práctico.

Cuéntanos tu situación y trabajaremos contigo para lograr un resultado favorable.

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